La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) recordó que restan pocos días para completar un trámite clave del régimen simplificado: la recategorización del monotributo, un proceso obligatorio para quienes hayan tenido variaciones en sus ingresos durante el último año fiscal.
El período habilitado para llevar a cabo esta gestión comenzó el 15 de julio y finaliza el 5 de agosto inclusive. Después de esa fecha, quienes no hayan actualizado su categoría estando obligados a hacerlo podrían enfrentar sanciones y multas por incumplimiento.
¿Quiénes deben recategorizarse?
No todos los contribuyentes deben realizar esta gestión. La recategorización aplica únicamente a quienes excedieron o quedaron por debajo de los topes de facturación anuales de su categoría actual. El cálculo se basa en los ingresos brutos acumulados durante los últimos 12 meses.

Desde ARCA explicaron que, además de evitar sanciones, mantenerse correctamente categorizado garantiza que el contribuyente cumpla sus obligaciones con exactitud y no pague ni más ni menos de lo que corresponde, según difundió ámbito.
Paso a paso: cómo hacer la recategorización
El trámite es sencillo y se realiza 100% online a través del Portal Monotributo con clave fiscal. Estos son los pasos:
- Ingresar al sitio con clave fiscal.
- Seleccionar la opción “Recategorización”.
- Verificar la categoría actual y los nuevos límites de ingresos.
- Confirmar el monto facturado en los últimos 12 meses.
- Responder preguntas automáticas del sistema.
- Aceptar o modificar la categoría sugerida.
- Imprimir la nueva credencial si fuera necesario.
Una vez realizada la recategorización, el nuevo valor de la cuota se aplicará a partir del 1 de agosto, y el vencimiento para su pago será el día 20 de ese mes.
Escalas vigentes para agosto 2025
A continuación, el detalle de las categorías y cuotas actualizadas para este período:
- Categoría A: hasta $8.992.597,87 → Cuota $37.085,74
- Categoría B: hasta $13.175.201,52 → Cuota $42.216,41
- Categoría C: hasta $18.473.166,15
- Servicios: $49.435,58
- Bienes: $48.320,22
- Categoría D: hasta $22.934.610,05
- Servicios: $63.357,80
- Bienes: $61.824,18
- Categoría E: hasta $26.977.793,60
- Servicios: $89.714,31
- Bienes: $81.070,26
- Categoría F: hasta $33.809.379,57
- Servicios: $112.906,59
- Bienes: $97.291,54
- Categoría G: hasta $40.431.835,35
- Servicios: $172.457,38
- Bienes: $118.920,05
- Categoría H: hasta $61.344.853,64
- Servicios: $391.400,62
- Bienes: $238.038,48
- Categoría I: hasta $68.664.410,05 (solo bienes) → Cuota $355.672,64
- Categoría J: hasta $78.632.948,76 (solo bienes) → Cuota $434.895,92
- Categoría K: hasta $94.805.682,90 (solo bienes) → Cuota $525.732,01

Próxima actualización de escalas
ARCA también confirmó que la próxima revisión de los topes y valores se realizará en enero de 2026. Por eso, esta instancia de recategorización resulta crucial para adecuarse correctamente al marco vigente y evitar inconvenientes con el fisco.